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Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)

OSDAAP garantiza el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) con cobertura integral y gratuita. Estas prestaciones están incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y forman parte del Programa Médico Obligatorio (PMO), lo que asegura la cobertura total de diagnósticos, medicamentos y terapias de apoyo asociadas.


Derechos relacionados con la IVE

Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a:

  • Decidir la interrupción del embarazo conforme a lo establecido por la ley.
  • Requerir y acceder a la atención para la interrupción del embarazo.
  • Recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, independientemente de las circunstancias legales del procedimiento.
  • Obtener información clara sobre el procedimiento y los cuidados posteriores.
  • Prevenir embarazos no intencionales mediante información, educación sexual integral y acceso a métodos anticonceptivos eficaces.

Plazos para solicitar la IVE

El derecho a la interrupción voluntaria del embarazo está garantizado hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.
A partir de la semana 15, el acceso a la IVE está permitido en las siguientes circunstancias:

  • Si el embarazo es resultado de una violación, con la presentación de una declaración jurada por parte de la persona gestante ante el personal de salud (en menores de 13 años no es requerida esta declaración).
  • Si la vida o la salud de la persona gestante está en peligro.

Una vez solicitada la prestación, la obra social debe garantizar su realización en un plazo máximo de 10 días corridos.

Consentimiento informado

Para llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo, es necesario el consentimiento informado por escrito de la persona gestante. Este derecho es personal e intransferible y no requiere autorización judicial en ningún caso, sea por voluntad de la persona o por causas previstas en la ley.


Objeción de conciencia

El personal de salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia, pero debe derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro profesional sin demoras. No obstante, en situaciones donde la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata, la objeción de conciencia no es aplicable.


Cómo solicitar acceso a la IVE en OSDAAP

Las personas afiliadas a OSDAAP pueden solicitar el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo completando el formulario correspondiente. La obra social garantiza cobertura total e integral para estas prestaciones.
En caso de inconvenientes, se encuentra disponible la línea de atención al 0800-345-1406 para resolver dudas o brindar asistencia.

Recurso de comunicación y difusión.

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